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Como la gente reacciona a los olores en forma distinta, y como
los olores atmosféricos normalmente van y vienen, contamos
con específicos procedimientos de investigación de
olores que nos ayudan a evaluar las quejas de olores
molestosos.
- Al igual que con todas las quejas recibidas, si la
situación se percibe como una amenaza inminente a la salud o
al ambiente, responderemos dentro de 24 horas—y generalmente
mucho antes.
- No podemos verificar una infracción de olor molestoso si
no conocemos la identidad del reclamante. Sin embargo, si desea
permanecer anónimo, podemos realizar las investigaciones
para determinar si existe una infracción de las reglas o
normas operativas.
- Cuando investigamos una queja de olores molestosos, reunimos
evidencia para poder evaluar las cuatro características
primarias de los olores—frecuencia, intensidad,
duración y desagrado (FIDO, por sus siglas en
inglés).
- La presencia elevada de cualquiera de estos cuatro factores
puede, por sí sola, constituir una infracción; pero
generalmente es la combinación de estos factores lo que
constituye la infracción.